El rol de los profesionales de la visión para estudiantes con una discapacidad visual según la Sección 504
Authors: Michael Munro, Especialista en discapacidad visual del Centro de servicios educativos de la Región 6 y la Stephen F. Austin State University y Kelly Bevis, Coordinadora de programas de la TSVI del Centro de servicios educativos de la Región 10
Keywords: Sección 504, IDEA, evaluación, instrucción especialmente diseñada, Plan de estudios básico expandido, agencia de educación local, FAPE, colaboración, programa de búsqueda de niños Child Find, adaptaciones
Los estudiantes que cumplen con los requisitos para recibir servicios de educación especial bajo la Ley de Educación para Individuos con Discapacidades (IDEA) como un estudiante con discapacidad visual reciben servicios de Maestros de estudiantes con discapacidades visuales (TSVI) y/o Especialistas en orientación y movilidad certificados (COMS). Las leyes estatales y federales son claras respecto de que estos profesionales deben proveerles a los estudiantes elegibles instrucción especialmente diseñada. Además, según la Sección 30.002(c)(4)(A)(B) del Código de Educación de Texas, cada niño elegible para recibir educación especial, debido a una discapacidad visual, recibe evaluación e instrucción en el Plan de estudios básico expandido (ECC, Expanded Core Curriculum). El ECC es la instrucción especialmente diseñada para estudiantes con discapacidades visuales que les permite a los estudiantes con discapacidades visuales acceder y avanzar en su programa educativo y ser independientes en la vida.
Todos los estudiantes en el proceso de evaluación deberían ser considerados tanto para recibir los servicios de la Sección 504 como los de educación especial. Si se sospecha que un estudiante tiene una discapacidad, debería ser considerado para incluirlo en todos los programas que apoyan su crecimiento y acceso al plan de estudios. Eso incluye un conjunto de servicios que incluyen educación especial y la Sección 504. Tanto las reglamentaciones de la IDEA como de la Sección 504 requieren que una agencia de educación local (LEA) provea “educación pública, gratis y adecuada” (FAPE) a cada estudiante habilitado con una discapacidad que está en la jurisdicción del distrito escolar y de la escuela autónoma, independientemente de la naturaleza o gravedad de la discapacidad.
¿Pero qué pasa con los estudiantes con discapacidades visuales que están amparados por la Sección 504 de la Ley de Rehabilitación?
Debido a que la Sección 504 es una ley de derechos civiles, los estudiantes elegibles deben tener una discapacidad que restrinja sustancialmente actividades importantes para la vida, como por ejemplo, cuidar de sí mismo, realizar tareas manuales, caminar, ver, oír, hablar, respirar, aprender y trabajar. Los estudiantes con discapacidades visuales bajo la Sección 504 reciben adaptaciones y/o estrategias de instrucción únicamente. Los estudiantes no suelen recibir servicios o apoyo adicionales de profesionales de la visión capacitados. Además, los estudiantes bajo la Sección 504 no reciben instrucción en el ECC porque el ECC se considera instrucción especialmente diseñada y debe ser provista dentro del marco de la educación especial.
¿Cuál es el rol del profesional de la visión cuando los estudiantes tienen una discapacidad bajo la Sección 504?
Con el consentimiento de la familia del estudiante, el profesional de la visión puede ayudar a los comités de la Sección 504 de varias maneras, como por ejemplo: comprendiendo el informe médico ocular, explicando el impacto de la discapacidad visual en el aprendizaje y el acceso, sugiriendo adaptaciones y/o estrategias de instrucción que puedan eliminar las barreras de acceso al plan de estudios general, etc. Como un ejemplo, puede ser bueno que el/la TSVI explique los beneficios del parche para la ambliopía con el objetivo de poder identificar las adaptaciones que correspondan.
Sin embargo, hay límites a lo que un/a TSVI y COMS puede hacer cuando trabaja con un comité de la 504. En el caso de un estudiante que no haya recibido antes una evaluación, el/la TSVI y COMS debe ser prudente cuando presenta recomendaciones a los comités de la Sección 504, porque es posible que no utilicen pruebas o procedimientos que se utilizarían en una evaluación de la visión funcional (FVE), evaluación de medios de aprendizaje (LMA) o evaluación de orientación y movilidad (OM). El profesional de la visión nunca debería observar a un estudiante con el objetivo específico de determinar la necesidad de servicios porque esto infringiría la Sec. 300.304(b)(2) del Código de Educ. de Texas que establece que ninguna “medida o evaluación única” se puede utilizar “como criterio exclusivo para determinar si un menor es un niño con una discapacidad”.
Cuando se contempla la Sección 504, las LEA deben considerar primordialmente el dispositivo o servicio auxiliar requerido por el estudiante con discapacidad cuando determinan a qué corresponde. Ejemplos de dispositivos y servicios auxiliares para estudiantes ciegos, sordociegos o que tienen baja visión incluyen, entre otros: lectores cualificados, textos grabados en cintas, grabaciones de audio, materiales y pantallas en braille, software lector de pantalla, software de ampliación, lectores ópticos, programas secundarios de audio (SAP), materiales en tipografía grande, tecnología electrónica y de información accesible.
Uno de los retos continuos es determinar cuándo hacer una remisión a educación especial y cuándo a la Sección 504. Siempre que la LEA sospeche o tenga motivo para sospechar que un estudiante tiene una discapacidad visual, es ciego o tiene otra discapacidad, y necesita recibir servicios de educación especial, la LEA debe conseguir ir consentimiento de los padres para la realización de una evaluación inicial e individual completa (FIIE) bajo la ley IDEA. Si un estudiante necesita formación en el ECC para triunfar en la escuela y en la vida, siga el proceso establecido por el programa de búsqueda de niños Child Find y remítalo a educación especial. Child Find no es una parte de la Sección 504 sino una disposición de la ley IDEA. Si las necesidades de un estudiante se pueden cubrir con ayudas y servicios complementarios, es decir, adaptaciones y estrategias de instrucción, entonces corresponde una remisión a la Sección 504. A continuación presentamos algunos ejemplos:
Ejemplos de la Sección 504 contra Educación Especial
Ejemplo Nro. 1
- Un/a estudiante tiene una deficiencia ocular estable y necesita adaptaciones y estrategias de instrucción mínimas, como por ejemplo, asiento preferencial y letra grande, para acceder a la instrucción que se pueden proveer a través de la Sección 504.
- En comparación, un/a estudiante demuestra la necesidad de mayor apoyo a la instrucción que puede generar un cambio en la asignación en educación general y la necesidad de instrucción especialmente diseñada provista a través de los servicios de educación especial.
Ejemplo Nro. 2
- Un estudiante es sometido a un procedimiento quirúrgico que mejora la visión. El nivel de instrucción especializada que el estudiante solía recibir pasa a ser mínimo. Se administra una reevaluación, con el consentimiento de la familia, para corroborar que no existan necesidades o inquietudes adicionales. El Comité de ARD determina que el estudiante ya no requiere de instrucción especialmente diseñada y puede, en cambio, recibir adaptaciones a través de la Sección 504.
- Un nuevo informe médico ocular indica una mayor pérdida de la visión o avance de una enfermedad y las adaptaciones y estrategias de instrucción que antes funcionaban bien bajo la Sección 504 ya no apoyan el acceso del estudiante al plan de estudios general. Se realiza una remisión a educación especial.
Ejemplo Nro. 3
- Después de una evaluación, el comité de ARD determina si un estudiante tiene una discapacidad y no tiene necesidad de instrucción especialmente diseñada que requiera del apoyo de un TSVI. Sin embargo, hay una necesidad de orientación y movilidad como servicio relacionado que se puede proveer a través de la Sección 504. Se organiza una reunión del comité de la Sección 504 con el/la COMS presente para interpretar los resultados de la evaluación y apoyar los debates del comité.
- Un/a estudiante con una discapacidad visual bajo la Sección 504 tiene dificultades para avanzar en lectura a pesar de recibir intervenciones disponibles para todos los estudiantes de educación general. La familia comparte una evaluación externa independiente que indica que el/la estudiante tiene dislexia. Se realiza una remisión a educación especial.
La Sección 504 actúa como una red de protección durante el tiempo de evaluación de Educación Especial
- La familia expresa inquietud de que su estudiante, que usa gafas recetadas, no oye el nombre cuando lo/la llaman y no puede ver más allá de 15 pies (4.5 metros). El/la estudiante requiere de adaptaciones y estrategias de instrucción para acceder a diversos entornos didácticos en la escuela. El/la estudiante puede recibir servicios bajo la 504 hasta que se completen las evaluaciones en las áreas con sospecha de discapacidad y el comité de ARD determine la elegibilidad.
- La familia de un estudiante se niega a administrarle una evaluación inicial e individual completa (FIIE) del estudiante con sospecha de una discapacidad. Se puede instituir el apoyo de la Sección 504 para ayudar a proveerle al estudiante acceso al plan de estudios general. En estos casos, la escuela debería proveerle a la familia una copia de las Garantías procesales y seguir los procesos establecidos de la LEA cuando un padre/madre se rehúsa a la administración de una evaluación bajo la ley IDEA.
¿Cuál es la clave para apoyar las necesidades educativas de un estudiante?
¡Colaboración! Ninguna persona tiene todas las respuestas. Es importante que la LEA trabaje junto con el/la estudiante y la familia para verificar que se aborden sin demora las áreas de instrucción y que las prácticas de instrucción cubran las necesidades de cada estudiante. Organizaciones externas, como por ejemplo, los Centros de servicios educativos, Texas Workforce Solutions, la Escuela de Texas para personas ciegas y con discapacidad visual, programas de escuela diurna regional para sordos, SpedTex y Texas SPED Support pueden ayudar al personal escolar, los administradores y las familias a conseguir apoyo e información.
Si desea más información, consulte el documento de La Sección 504 y la discapacidad visual: Preguntas frecuentes.
Información de contacto de los autores:
Michael Munro, Ph.D. [email protected]
Kelly Bevis, M.ED, TSVI [email protected]